Ampliación de la cobertura del CUME hasta los 26 años para personas con un 65% de Discapacidad
La Prestación económica para el cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave, comúnmente conocida como CUME y que tuvo su orígen en esta unidad, supone un elemento fundamental de apoyo ante estas situaciones, al permitir que uno de los padres del menor afectado por enfermedad grave pueda reducir su jornada laboral para cuidar de su hijo. Hasta el momento, esta prestación podía ser solicitada hasta que el menor cumplía los 18 años o, en el caso de que ya hubiera sido solicitada, hasta que el afectado cumpliera los 23 años.
La entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, recoge en uno de sus apartados un aspecto que afecta a esta prestación, al posibilitar alargar esta prestación hasta los 26 años de la persona afectada, siempre que ésta acredite antes de cumplir los 23 años la necesidad de continuar recibiendo cuidados por parte de sus padres y tener reconocido, como mínimo, un 65% de Discapacidad.
Sin duda, esta modificación responde a la necesidad de seguir poniendo el foco de la prestación en la situación de necesidad concreta, más que en la edad de la persona afectada, ya que las situaciones de necesidad de cuidado, discapacidad y dependencia no siempre están ligadas a la edad de la persona afectada por estas enfermedades.